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Marihuana Hachis Plantación y cuidados Usos medicinales Ley EL CANNABISDESCRIPCION DE LA CANNABIS SATIVA.El cáñamo es una planta herbácea, dioica (tiene flores masculinas y femeninas en pies separados) de cosecha anual, perteneciente a la familia de las urticaceas originarias de Asia central.
Es una planta muy resistente, puede medir de 1 a 7 metros, presenta tallos acanalados con hojas
palmeadas y partidas, de forma lanceoladas con bordes serrados, numero impar de lóbulos, que
puede variar de 5 a 11, exudan una resina que las hace pegajosas al tacto.
Las flores son apetalares, con coloración entre verde y amarillo, pudiendo ser masculinas o
femeninas. Los sexos de las plantas se diferencian por el examen de las flores; así en las
plantas masculinas, las flores, que pueden apreciarse a simple vista, se agrupan en racimos. Las
flores femeninas, son casi invisibles y se agrupan en espigas. El fruto, cañamones, tienen forma
globular, de unos 5 milímetros de diámetro de color marrón grisáceo, se emplea en alimentación,
especialmente de aves y para extracción de aceite.
PAISES PRODUCTORES.De forma salvaje puede crecer en la mayoría de los lugares donde habita el hombre, pero para su cultivo la planta necesita un clima cálido y seco y con adecuada humedad en el suelo, por lo que las sierras y montañas de las zonas semitropicales son áreas ideales de cultivo. Originaria de Asia central, rápidamente será propagada a todos los continentes y hoy en día se cultiva en numerosos países entre los que cabe destacar: Europa oriental ( paralelos 3 y 6 ), Marruecos (montañas del Rif, Ketama), Líbano (montañas), Cordillera del Himalaya (picos bajos), Colombia, Jamaica, Holanda, Paquistán y Afganistán. Los principales productores que hoy en día abastecen el mercado nacional son; Marruecos, Líbano y Pakistán.NOTAS DE INTERESComo ya se ha dicho, esta planta es fácilmente cultivable y muy dura, por lo que este aspecto favorece su expansión. El principio activo de estas plantas es el TETRAHIDROCANNABINOL T.H.C. cuya concentración varia según las partes de la planta y también de unas plantas a otras. En estos productos del cannabis, su principio activo o riqueza en cannabinoles va a estar directamente en proporción con la parte de la planta que se utilice, ya que la cantidad de cannabinoles se presenta en la planta en el siguiente orden: flores, hojas, tallos, raíces y semillas. Nos encontramos ante un fenómeno de tolerancia social en el que el consumo de cannabis se ha desdramatizado y desmitificado, de tal forma, que actualmente sus patrones de consumo y formas de iniciación al mismo son cada vez más superponibles a los de bebidas alcohólicas, siendo en estos momentos en España la 3ª "droga" mas consumida tras el alcohol y el tabaco, ya sea por su bajo coste o por su aceptación en el mercado potencial.Cannabis Marihuana Hachis Plantación y cuidados Usos medicinales Ley LA MARIHUANA.Marihuana Hachis Plantación y cuidados Usos medicinales Ley EL HACHIS.
1ª Resina Pakistaní y Afgana, plantas de resina de color oscuro o negro,
véase el diseño estampado en la superficie. 2ª. Palos de resina India, de color marrón oscuro o
negro, normalmente pegado en haces. 3ª. Resina Libanesa, se presenta como un polvo dorado,
comprimido en planchas y envuelto en algodón. 4ª. Nueva forma de resina Marroquí, con aspecto
de tableta de chocolate.
PROCESO DE ELABORACION DEL HACHIS.Son necesarios casi un centenar de kilos de planta seca para obtener un kilo de hachís de primera calidad. Tras retirar de la mata las raíces y partes mas duras, una vez arrancada la planta, es corriente atarlas en gavillas para dejarlas luego secar. Tras el secado, se va tamizando sobre una tela, generalmente de seda, que cubre un recipiente de barro, de boca muy ancha.
El hachis liquido, es una sustancia fabricada ilegalmente desde la década de los 60,
aproximadamente, hace ya tiempo que era conocida. En las farmacias se encontraba un producto
conocido como " Tintura o extracto de cáñamo Indiano ", que se utilizaba en medicina.
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Los usos medicinales de la marihuana
¿Qué es la Marihuana?
La marihuana hace referencia a la preparación derivada de una planta, el cannabis sativa. El compuesto de la preparación contiene diferentes cantidades de flores , tallos resinosos, hojas, semillas y secreciones de la planta.
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Esta es la fórmula química del Tetrahydrocannabinol (TCH), el compuesto activo que produce varios tipos de efectos en el cuerpo humano. |

Cannabis
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Como todos sabemos consumir cannabis hoy en día es una acción que conlleva sus riesgos; aquí vamos a intentar informarte un poquillo de cuales son esos riesgos y al mismo tiempo intentaremos que conozcas algo mejor las leyes que afectan a esta actividad. Teóricamente la ley permite el consumo de esta droga siempre que este consumo se realice en lugares privados (tu casa), sin embargo el consumo en lugares públicos esta afectado por unos artículos de la famosa ``LEY CORCUERA"; estos artículos son el 23h y el 25. Articulo 25: (1) : Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana, el consumo en lugares públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviese destinada al trafico de drogas ilegales tóxicas, estupefacientes y sustancias psico-tropicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo. Articulo 25: (2): Las sanciones impuestas por estas infracciones podrán suspenderse si el infractor se somete a un tratamiento de deshabtuacion en un centro o servicio debidamente acreditado. Todo esto lo que te viene a decir es que si llevas una cantidad, sea la que sea, y aunque esa cantidad la vayas a destinar a tu propio consumo (son los porros que te vas a fumar ese día) ya estas delinquiendo; además si eres el dueño del local publico ten cuidado porque (y esto no es broma) se han llegado a recoger colillas de porro en el suelo de algún local para utilizarlas como prueba judicial. ¿Qué es lo que te puede pasar? Si demuestras que es para tu propio consumo al ser una infracción grave ``solo" se castigan con multa, que oscila entre las 50.001 pesetas y los 5 millones, aunque puedes recurrir. También podrás acogerte al articulo 25.2, si no te importa pasar a formar parte de sus estadísticas de drogadictos. Lo que seguiría esto: tendrías que ir a un centro de deshabituacion de toxicómanos a pedir tratamiento para ``desengancharte" de la mariguana o del hachís, al tiempo que te diriges por escrito al gobierno civil para acogerte al articulo 25.2. Normalmente el medico del centro se extraña de tu presencia, porque esta habituado a tratar con adictos a la heroína; Si no es muy liante en un par de visitas certificara que tu estas bien y que has seguido el tratamiento, con lo que vuelta al gobierno civil con el papelito de desenganchado y te retiran la sanción de 50.000 pelas. Si eres el dueño del local se te aplicaran otros artículos (el 23-h y el 24). Articulo 23-h : La tolerancia del consumo ilegal o el trafico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psico-tropicas en locales o establecimientos públicos o la falta de diligencia en orden a impedirles por parte de los propietarios, administradores o encargados de los mismos constituyen infracción grave. Articulo 24 : Las infracciones tipificadas en el apartado h del articulo anterior podrán ser consideradas muy graves. ¿Qué te hacen? Aparte de incautar las ``drogas tóxicas" clausuran el local o establecimiento, si consideran la infracción muy grave la multa aumenta :de 5 millones a 100 millones. Si se considera falta la cosa cambia, ya hablamos de cárcel: falta muy grave de 6 meses a 2 años, falta grave hasta 6 meses. Todo lo que te hemos contado asta ahora es bastante conocido, ahora te vamos a hablar de ciertas conductas ``delictivas" que quizás no conozcas. DONACION: Donar es dar algo sin esperar ningún tipo de contraprestación a cambio; es decir, darle un porro a un amigo que no tiene. En el momento que lo haces estas delinquiendo. Aquí podrían incluir el pasarse el porro entre amigos. PERMUTA: Permutar es cambiar algo por algo; por ejemplo, dame un par de tus porros y te doy un par de los míos (u otra cosa). Es delito. INTERMEDIARIO: El intermediario es el que pone en contacto a dos personas; por ejemplo alguien te pregunta si sabes quien pasa algún tipo de droga, si le pillan y dice que has sido tu quien le ha dicho quien era el vendedor aparte de la paliza que te dará el supuesto vendedor estas realizando una conducta tipificada. PROMOCION: Todos sabemos lo que es promover, hacer ``publicidad" destinada a favorecer el consumo de cualquier cosa, por ejemplo: ``no pises la María, fúmatela" Es delito. DIFUSION: Es otro delito, que suele acompañar al anterior, viene a ser dar a conocer un producto y facilitar su consumo. ¿Qué pasa si te detienen con cannabis? Normalmente será para tu consumo, lo cual tienes que alegar no sea que te quieran penalizar por trafico. Si llevas bastante será porque es para tu consumo a largo plazo (por ejemplo, para el mes) y/o por que lo habéis comprado entre unos cuantos y uno lo lleva, no se lo da a sus amigos (muy importante ya que eso es delito) sino que es de todos y lo guarda uno, por lo que debes de aclarar que es para consumo propio lo que pasa es que es de todos y/o es para tener para largo plazo. Marihuana Hachis Plantación y cuidados Usos medicinales Ley
ELLOS HAN HECHO CASO DE LAS INDICACIONES
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